Yo estoy a favor de la Ley Sinde
Es posible que me gane algunos enemigos escribiendo esto, pero me da la sensación de que el debate de los derechos de propiedad intelectual está estancado en ciertas ideas erróneas que han ido calando poco a poco y que no han sido tratadas como debieran demasiadas veces. Además, me parece que uno debe ser libre de expresarse incluso cuando su pensamiento parece ir contracorriente.
Sobre la Ley Sinde se ha escrito mucho, normalmente en contra de la misma y usando los mismos argumentos de una manera tan continua y persuasiva que incluso han conseguido ganarse adeptos entre importantes nombres de la cultura, como el Presidente de la Academia de Cine, Alex de la Iglesia. Desde mi punto de vista, hace tiempo que los medios de comunicación y la blogosfera vienen repitiendo y educando a la sociedad con ideas como estas:
1. Descargar contenido protegido por derecho de autor sin su consentimiento es legal…
Error. Como ejemplo, pondré esta noticia reciente de EL PAIS, en la que el periodista suelta tranquilamente «…el giro copernicano de De la Iglesia sobre las descargas -legales en España hasta el momento- ha levantado ampollas.«. Uno lo lee y se queda tan pancho. Pero es que las descargas sin consentimiento del autor no son legales. Nunca lo han sido. Lo que se han cansado de repetir los medios cada vez que había un fallo de un juez es que no son un delito, pero es que no todas las actuaciones ilegales son un delito. Los delitos vienen recogidos en el Código Penal, pero la legislación está compuesta por muchísimas otras leyes que establecen derechos y obligaciones y dicen qué cosas se pueden hacer libremente en sociedad y qué cosas entran en colisión con algún derecho y por lo tanto no se deben hacer.
Descargar contenido protegido por derecho de autor sin su consentimiento es ilegal porque así lo dice la Ley de Propiedad Intelectual. Este comportamiento no es delito porque no encaja dentro de lo establecido en el Código Penal, que exige que la conducta tenga ánimo de lucro, ya que tampoco es la intención del parlamento que una conducta como esta se castigue con cárcel. Pero sí es un ilícito civil, del mismo modo que si prestas dinero a alguien y no te lo devuelve es un ilícito civil. Esa persona no va ir a la cárcel por hacerlo (salvo que se pueda demostrar que es una estafa) pero sí puedes ir a un juez a pedirle que le obligue a devolvértelo (embargando sus bienes o como sea).
¿Por qué entonces los jueces no dan la razón a los propietarios de los derechos de autor si descargar es ilegal? Pues básicamente porque estos no inician procedimientos civiles, que son largos y costosos, para exigir al final la compensación del valor de unas cuantas películas, música o libros. Simplemente no compensa. Algunos han intentado la vía penal, que es más efectiva, pero se han encontrado con que no les vale para defender sus derechos. ¿Pueden plantearme una demanda por descargarme y compartir películas y series? Desde luego, pero ya te adelanto que con la legislación actual es un gasto de tiempo y dinero para no conseguir prácticamente nada.
2. El canon digital es para compensar lo que dejan de ganar cuando descargamos contenido…
Falso. El canon es para compensar la copia privada. Esto es, me compro un DVD y hago una copia para tenerla por si acaso. Hacer esta copia es algo que el propietario del derecho de autor no puede controlar y por eso se estableció hace mucho tiempo el canon para compensar estas copias. Tenía mucho más sentido antes de internet, cuando hacíamos copias en casettes y es verdad que requiere una revisión en profundidad porque ahora casi nadie hace copias privadas. Además, tal y como se aplica parece abusivo y es de lo más impopular.
¿Tiene algo que ver el canon con las descargas? No. Son dos cosas independientes y el canon no está establecido para compensar las descargas, puesto que no son consideradas copia privada (debes de haber comprado previamente el contenido legal y además no puedes ponerlo a disposición colectiva). Son dos batallas independientes que los medios y bloggers mezclan alegremente, aprovechando la impopularidad del canon para atacar la Ley Sinde o actuaciones similares. Pero son cosas diferentes. Yo estoy a favor de la Ley Sinde y frontalmente en contra del canon digital en nuestros días. El Gobierno, de acuerdo con la oposición, se ha comprometido a modificar la regulación del canon, veremos si de verdad nos libramos de él.
3. Los autores son la SGAE…
Este no es un argumento en sí que se utilice, pero que está detrás sobre todo del posicionamiento de la población en contra de los defensores de los derechos autor. La mala prensa de la SGAE con sus actuaciones delirantes y casi rayando el absurdo como por ejemplo exigir a Fuenteovejuna que pague por representar la obra de teatro que lleva su nombre han situado a la opinión pública en una predisposición negativa hacia la defensa de los derechos de autor por vías legítimas. Los autores en su mayoría no están representados por la SGAE ni le tienen mucho aprecio por el flaco favor que les hace con el pan para hoy y hambre para mañana.
4. La Ley Sinde pisotea derechos fundamentales…
Esto es bastante discutible. Los derechos fundamentales son los prioritarios dentro de un Estado Democrático de Derecho como el nuestro y por eso están recogidos en la Constitución y normalmente se establecen límites a la actuación de la Administración cuando puede vulnerarlos, casi siempre exigiendo la garantía de la participación de un juez. En el caso de la Ley Sinde, finalmente se ha incorporado la participación de un juez en diferentes momentos del procedimiento estableciendo un sistema con ciertas garantías.
Se puede discutir estas si garantías son suficientes o no, desde luego, pero los discursos alarmistas de que esto es una vía para la censura y que nos vamos a convertir en un estado sin libertades me parecen excesivos. Cerrar una web no es lo mismo que cerrar un periódico (cuanto tiempo tardas en abrir otro periódico y cuánto tardas en abrir otra web) y las decisiones tomadas siguiendo esta ley siempre van a estar dentro del sistema democrático en el que los jueces pueden controlar también a posteriori si se han vulnerado derechos fundamentales. Si por lo que sea cierran una web que no está incumpliendo la ley (ya me extrañaría, pero puede suceder) este error o abuso de la Administración puede ser revisado en múltiples instancias judiciales, alejando el peligro indeseado de la censura.
5. La industria es la que se empecina en no cambiar de modelo…
En fin, el que diga esto es porque no tiene un conocido que le guste escribir, tenga un grupo o se las vea y se las desea para hacer cortos. O porque no se da cuenta de que la industria está cambiando mucho y desde dentro. Es verdad que todavía siguen protegiendo en la medida que pueden el modelo tradicional, pero también es verdad que a día de hoy es el único que les da de comer y paga las facturas. Transformar un sector entero es complicado y lo mires por donde lo mires, la demanda en los nuevos modelos es todavía pequeña. El ejemplo de Spotify o Netflix es esperanzador, pero si yo monto una editorial, no lo apostaría todo al digital porque me parece que tendría que cerrar a los tres meses.
O al menos hasta que la Ley Sinde tenga un efecto. Y relacionado con esto aquí viene para mí la parte más importante y por la que yo doy mi apoyo a la Ley Sinde:
6. La Ley Sinde no va a cambiar nada…
Para empezar, cambia el tema de que quien se aventure a poner una web de enlaces vea quizá que le abren un procedimiento y se la cierran. Para continuar, quizá sirva para que por fin la gente entienda poco a poco que eso de las descargas es algo que está mal y no es una conducta socialmente aceptable (lo triste es que en la actualidad parece que si compras un DVD en vez de descargar eres simplemente tonto). Y para finalizar, puede ser que permita que nuevos modelos se aventuren con más fuerza y por fin tengamos contenido digital de calidad y a buen precio y en condiciones de uso más amigables. Para ilustrar este ejemplo, sirva como modelo la iniciativa de Lorenzo Silva de poner un precio razonable a sus libros de manera legal y sin DRM. Sin la Ley Sinde en vigor, competir con la facilidad y la tranquilidad moral con la que nos bajamos contenidos digitales ilegales se me antoja difícil incluso para esta manera valiente de buscar retribución por un trabajo realizado y que como sociedad debemos fomentar y favorecer.
Me parece que voy a dejarlo aquí por hoy, porque el tema da para mucho más y me puedo liar hablando del futuro de las industrias culturales y los malabarismos que tienen que hacer para continuar existiendo paradójicamente en un país como el nuestro, que siempre se ha sentido orgulloso de sus autores y sus obras, que disfruta la cultura hasta en la más humilde representación teatral en la aldea más pequeña.
¿Cómo encaja la mayor web de enlaces (google) en la ley?
Pues no lo tengo muy claro porque tampoco soy un experto en la ley. Aunque supongo que se le requerirá que retire los enlaces (como se suele hacer hasta ahora pero sin soporte de la Ley) y lo hará. No es nada nuevo para Google, creo.
«el canon no está establecido para compensar las descargas, puesto que no son consideradas copia privada (debes de haber comprado previamente el contenido legal y además no puedes ponerlo a disposición colectiva) »
Aquí he dejado de leer, cuando se afirma con rotunidad semejantes MENTIRAS ya dice mucho del que escribe el artículo.
Ed, no lo digo yo, lo puedes leer tú mismo (dejar de leer no es la forma de informarse sobre los temas):
http://es.wikipedia.org/wiki/Canon_por_copia_privada_(Espa%C3%B1a)
http://es.wikipedia.org/wiki/Copia_privada
Los jueces no reconocen que las descargas sean copias privadas:
http://www.elmundo.es/navegante/2008/02/20/tecnologia/1203520242.html
No me gustan tus fuentes, pero respeto tu punto de vista, aunque no lo comparto.
Y si, yo soy de los que pago por una cuenta en megaupload/megavideo y pagaría por poder ver lo que me diera la gana cuando me diera la gana a un precio razonable, vamos lo que estoy pagando por la cuenta de megavideo. El problema es que tenemos a demasiados «creadores» ricos, aunque se lleven el 99 % de los beneficios y el resto de creadores se mueran de asco. Es el sistema el que está mal, las descargas son el presente, le guste a la industria o no.
Totalmente de acuerdo en que las descargas son el presente. Yo pago muy feliz mis 10 euros al mes de Spotify y me gustaría algo similar para pelis y series. El problema es que con megaupload el dinero no llega a los autores y eso tiene que cambiar. La Ley Sinde es un paso, no suficiente, pero necesario en esa transformación.
La verdad es que todos los puntos son una realidad queramos o no. Salvo por el quinto, creo que con «industria» no nos referimos a chavales que están empezando, o a escritores que hacen cosas nuevas o distintas. Más bien nos referimos a los Victor Manueles, a los Ramoncines, que quieren vivir del cuento. O las grandes editoriales, distribuidoras, discográficas… Esos no quieren que cambie nada. Por el hecho de que un CD, DVD o libro en papel tiene un número de copias limitadas, que puedes controlar. Así controlas la oferta, y por tanto el precio puede mantenerse. Si cuelgas un libro, o un disco, de manera legal me refiero, al estilo de Radiohead, el número de copias el ilimitado y por tanto un precio artificialmente alto no se justifica ni se puede mantener. Por cierto, probablemente gane mucho más Radiohead colgando su disco por 7€ y desde luego los que no van a ver ni un solo euro son todos los intermediaros que sobran.
A lo que voy, descargas MP3 legales benefician a los grandes grupos que sacan nuevos discos o a los chavales que están empezando y se ganan realmente la vida currando dando conciertos. Disco a 20€ beneficia a los Sergio Dalma (lo menciono porque fue de los últimos en quejarse amargamente de vender poco por culpa del P2P) que venden poco, sacan refritos y no dan un concierto ni en la ducha. Por supuesto el CD a 20€ obviamente también beneficia a la discográfica comercial, o al Corte Inglés, Fnac y cía.
Vete al Corte Inglés y pregunta por los ebooks. Es de risa. Le tienen un miedo enorme al cambio. Esos son a los que nos referimos con la «industria» y creo que no quieren que nada cambie.
La industria es verdad que no son sólo los autores, y desde luego no sólo los famosos, también hay mucha gente que vive directa o indirectamente del sector. Que las cosas van a cambiar, está claro, pero el objetivo no es que desaparezca la Fnac y sobreviva Megaupload, sino que la Fnac evolucione.
Bueno, no puedo sino felicitarte por salir a decir todo esto contracorriente, aunque no estoy de acuerdo en casi nada.
Lo que se necesita en los países cuya tradición no es la de la doctrina del copyright anglosajona, es una reelaboración de la ley de propiedad intelectual acorde con los nuevos modos de producción y circulación de contenidos que se han impuesto con las nuevas tecnologías y, en especial, con esa gran máquina de autoría y edición que es la WWW. Y verás que digo de autoría y edición y no digo fotocopiadora universal.
La ley Sinde hace un mash up con el copyright dominante a través de los grandes media y la industria del entretenimiento anglosajones y nuestra ley de propiedad intelectual, de orígenes kantianos. Es una monstruosidad de ley, porque no se pueden dañar derechos individuales básicos (el derecho a una justa defensa frente al tribunal competente) por defender los derechos de otros. Para ti son los creadores, para mí, son las majors, las discográficas y las editoriales que han sometido a esos creadores a vivir en las jaulas por ellos creadas. No quiero que con esto se entienda que estoy en el lado populista del gratis total. Toda sociedad equilibrada siempre ha permitido que quienes les cuentan las historias que dan sentido a su existencia sean eximidos de cortar la leña y de acarrear el agua para su subsistencia. Pero ese es otro cantar.
@Julieta Mi planteamiento no llega tan profundo. Tan sólo estoy defendiendo el tener criterio propio y no dejarse llevar porque sí por la marea dominante. El transformar el modelo de copyright es algo que se puede discutir, pero siguiendo el modelo actual y evolucionándolo a un sistema más abierto, como ya está sucediendo, no es aceptable que el 99% de la población piense que descargar sin permiso una obra es algo legal.
El procedimiento de la Ley Sinde persigue a las webs con enlaces, no a las personas. No es un procedimiento penal y no se aplican los derechos de defensa en ese sentido, sino los de los procedimientos administrativos. Aquí es donde sí hay argumentos en contra, porque parece que tampoco se respetan del todo en el tema de los plazos, pero también puede llegar a considerarse una excepción legítima por la naturaleza del hecho. Si estuviéramos discutiendo sobre esto mi post no sería necesario. Pero tristemente la gente se queda en lo de «descargar es legal» y no va más allá.
La verdad es que yo he pasado totalmente de la Ley Sinde, y leyendo lo que dices me reafirmo en que el problema es que desde los dos frentes se habla de cosas distintas y así es difícil ponerse de acuerdo.
Ayer mismo pagaba 15 euros por libros electrónicos de Lorenzo Silva (libros por cierto sin ataduras como el DRM) y lo hacía gustoso porque si el procedimiento de compra es sencillo, si tiene un precio que yo puedo considerar accesible y justo, me parece lo más normal. Ahora bien si busco un libro que en formato electrónico cuesta 20 euros pues seguramente lo encuentre en otro sitio. ¿La ley Sinde afecta a esto de algún modo? Pues a mi, y puedo estar totalmente equivocado, me parece que no demasiado. ¿Que cierran vagos o yonkis?, pues saldrá otro y si no sale al final resultará que habrá algún modo de que los libros se puedan conseguir.
@JL Es posible que no ayude, pero justamente con el caso de Lorenzo Silva me parece ver que sí tiene sentido. En un contexto en que la gente piensa que descargar es legal, ¿por qué va a pagar ni siquiera un euro?
JL tiene razón. Hablamos de cosas distintas. Algunos no defendemos Megauploads, y si tienen que cerrarlo me parece perfecto, y si tienen que cerrar después 99 más también.
Pero que la Fnac va a desaparecer, desde luego, si no cambia radicalmente la filosofía. Y desde luego a esos les preocupa que llegue el dinero a los autores lo mismo que al que mantiene ahora mismo the Pirate Bay. Los que les preocupa es seguir mantendiendo el kiosko intacto.
Tampoco decimos que las «descargas son legales». Simplemente que un grupo puede colgar su maqueta en su página web y ponerle además a un precio más asequible, llevándose no el 5 o 15 o 60% del dinero, sino casi el 100%.
Posiblemente tengas razón, pero yo no me planteo, y lo digo con total sinceridad, si la descarga es o no legal…
Si busco un libro electrónico y veo que cuesta 15 euros no dudes que buscaré y encontraré ese libro sin pagar nada. Si busco un libro electrónico y veo que cuesta 3, 4 o 5 euros no dudes que lo compraré aunque sea consciente de que lo podría encontrar en muchos sitios…
A Lorenzo Silva lo descubrí descargandome «por la patilla» un libro suyo. Me gustó mucho, y cuando ahora hace una apuesta fuerte (estoy seguro de que va a tener éxito, más éxito del esperado), y yo compro sus libros porque el precio me parece accesible. Yo gano, el gana, la editorial gana…
Y al final me he desviado del tema inicial, pero es que quizás todos los problemas vienen de que las «industrias culturales» no están viendo donde está el futuro, no apuestan, no arriesgan y pretenden seguir como hasta ahora, pero las cosas ya no son iguales.
@JL
Totalmente de acuerdo en que deben arriesgar y evolucionar. De hecho ya lo están haciendo, pero quizá más lento de lo que nos gustaría a muchos. Y creo que poner trabas a la actividad ilícita competidora puede ayudar a que se muevan más rápido porque el riesgo disminuye. Ambas cosas tienen que suceder.
@Pablo
Lo que a mí me parece inadmisible de la ley Sinde es, justamente, que sea un procedimiento administrativo el que cierre los sitios de enlaces. Los procedimientos administrativos son semilla de totalitarismo y, si no, leer a Hannah Arendt.
¿Y de dónde sale ese 99 % de españoles a favor de las descargas gratuitas? ¿Cuál es el estudio serio e imparcial que ha llegado a esas conclusiones? ¿Dónde han publicado todos los datos y la metodología usada?
Lo peor de la ley Sinde es que un sector de la clase política, presionada por intereses corporativos clarísimos de los cuales la ministra es representante, ha intentado crear alarma social e, incluso, lo que los anglosajones llaman «moral panic» para torcerle el brazo a la sociedad.
Con respecto a la salud de la Fnac, no es Megaupload quien resultará su verdugo, como no han sido las descargas en los Estados Unidos las que han obligado a pedir la quiebra a la cadena de librerías Borders.
Creo que se mezclan muchas cosas porque hay una intención que, con gran intensidad, presiona para que mezclemos y nos confundamos.
Me ha gustado que salga una voz diferente en la web, como la tuya, pero es hora de que nos pongamos a pensar en silencio, lejos de los griteríos de la SGAE (y afines) y de los cantos de sirena de una cultura que se quiere libre pero que se decanta más por el consumo (eso sí, gratuito) que por la participación creativa.
@Julieta
A mí no me parece tan grave que haya procedimientos administrativos para proteger derechos. Los ejemplos son innumerables y para garantizar los derechos fundamentales están ahí los jueces. Tenemos que tener más confianza en los poderes públicos, que sólo se consigue siendo más exigentes con ellos, con tolerancia cero hacia la corrupción y con más participación, pero no simplemente negándolos y acusándolos sin sentido.
Sea como fuere, me gustaría llegar a ese punto en el que nos olvidamos de si la Ley Sinde tiene algo que ver con el canon y en el que ya podemos debatir acerca de hacia dónde va la cultura. Si nos dejamos llevar a un gratis total y a ganar dinero con otra cosa o si existen modelos sostenibles más allá de las ayudas públicas. Y en esta segunda opción, qué modelos son los que nos gustaría tener. Tal y como yo lo intuyo, el futuro tiene que pasar por un comportamiento más ético de la industria y el bien público, pero también de la ciudadanía, que los malos hábitos son muy difíciles de erradicar una vez establecidos.
Bueno, partiendo de la base de que la propiedad intelectual ya estaba protegida ( y mucho, ¿puede hacerse un recuento de los inmigrantes manteros que han pasado por prisión o han sido expulsados, cuando bien podían haberse dedicado a pequeños hurtos sin problema?), el principal problema de la Ley Sinde es la falta de garantías. Que un organismo dependiente del gobierno pueda cerrar una web, en vez de un juez, es un privilegio sin sentido. Que la justicia es lenta: lo es para todos, para reclamar tu nómina a la empresa, para echar a un inquilino que no te paga, … Todos lo sufrimos. Pues que reformen la justicia y la agilicen, no que traten de saltársela. Cerrar una web afecta a derechos fundamentales que debe valorar un juez para un cierre ( y no a posteriori, con el daño ya hecho). ¿ Cómo no ver aquí una tentación de control por parte del poder político?
Aparte, está claro que los comportamientos mafiosos de la SGAE ( sociedad privada y mimada) & Cía, y esa bula para cobrarnos por las fotos que nos hacemos o simplemente por trabajar, y el de un Ministerio ¿de cultura? que ni siquiera cumple las sentencias de los tribunales europeos, no ayuda a su imagen pública.
Tampoco ayuda a la Ministra que sepamos que esté al dictado de la Embajada de los EEUU para «defender nuestra cultura».
Pero sobre todo, y al margen de los temas legales, sorprende que no entiendan que la difusión de la cultura les beneficia. Que yo para pagar un disco o un concierto, previamente he conocido el producto por otros medios.
Soy traductor, por lo tanto parte interesada en el tema de los derechos de autor –lo aclaro por eso de que «el que diga esto es porque no tiene un conocido que le guste escribir»–.
SÍ estoy a favor de modificar las regulaciones de una forma meditada y acorde con los tiempos. En este sentido, el gesto de Álex de la Iglesia de querer escuchar a todas las partes en pie de igualdad y ponderar las críticas de uno y otro lado me pareció loable.
NO estoy a favor de la ley Sinde ni de la protección de modelos obsoletos. No se cuál ha de ser el futuro, pero desde luego éste no pasa por leyes refractarias a la realidad.
Querer vender que la alternativa a la Ley Sinde es el libre albedrío y la legitimación del saqueo cultural es un insulto a la inteligencia de cualquiera.
Hola:
Eres licenciado en Derecho, así que entiendo que ciertos conocimientos jurídicos dominas.
Hay cosas ciertas en varios de puntos, pero yerras en el primero de ellos en la cuestión esencial de todo ete debate.
En primer lugar, el problema es que mezclas descargas con enlaces. Las descargas son ilegales, pero esta ley, en teoría sirve para ir contra las webs de enlaces, según los responsables políticos. Contra las descargas no hay problema en actuar.
Los jueces han dicho que un enlazar no es uno de los derechos que se reconocen en la Ley de Propiedad Intelectual y que por lo tanto no hay vulneración de esta ley.
Si la ley sinde no cambia la consideración jurídica del enlace, ¿como se va a cerrar una web de enlaces sin prevaricar?
Las webs cuyos casos han sido sobreseidos o han sido absueltas por los mismos actos (enlazar), ¿las podrá cerrar la Sección Segunda?
¿Porqué los jueces no dan la razón a los titulares de derechos? A esa pregunta contestas con que se va por lo penal, es falso también se ha ido por lo civil con idéntico resultado. Los jueces no condenan porque juzgan con las leyes que tienen y con lo que las partes le plantean, ahí está el fallo.
Dices además que no te compensa poner una demanda, pero si lo que quieres es que se retire el contenido es lo mismo que obtienes con la ley sinde, no quieres una indemnización, por lo tanto deberías revisar los postulados de ese primer párrafo. ¿para qué esta ley?
Desde un punto de vista jurídico, que por supuesto debes dominar, te recomiendo el análisis de derecho en red sobre esta materia para que veas sus defectos y problemas sólo desde el ángulo jurídico.
http://derechoenred.com/blog/todo-sobre-la-ley-de-economia-sostenible/analisis-juridico-de-la-ley-de-economia-sostenible
http://derechoenred.com/blog/propiedad-intelectual/la-propuesta-consensuada-entre-psoe-y-pp-para-salvar-la-ley-sinde
En el resto de cuestiones tienes razón, por ejemplo en lo del canon, pero no son aspectos jurídicos sino de política u opinión y no tienen que ver con lo buena o mala que pueda ser esta ley en su contenido concreto.
En resumen, creo que tu postura de defensa de la ley se basa en que es bueno que haya algo, pero sin analizar a fondo si lo propuesto es bueno.
Es necesaria una ley que regule esto, es posible. Es esta la ley necesaria, en absoluto.
A pesar de esta discrepancia, ensencial en este caso, comparto en gran parte la postura de equilibrio que muestras sobre las posibles soluciones.
Un saludo.
Ni unos ni otros. Al final se trata de proteger a las grandes firmas, grandes nombres… pues el pequeño creador que produce un «éxito» no tendrá defensa de ningún tipo en ningún frente… la creatividad tiene sus días contados porque cada vez más, quienes desean ofrecer algo nuevo se lo piensan dos veces porque saben que serán pisoteados en cuanto aquello tenga visos de ser un bombazo y que la autoría de su obra incluso se le negará si no ha protegido con patentes, pagado a entidades de gestión de derechos, comprado el dominio/dominios web asociados a su creación… un largo etcétera que le impide obtener cierto rendimiento/tranquilidad fruto de su creación original.
@ Carlos
Es verdad que se están saltando la vía judicial tradicional, ese es precisamente el motivo de la Ley, que sea mucho más rápido. Y esta excepción podemos verla como necesaria o no, o incluso fruto de la presión de ciertos grupos de influencia, ahí es donde debería estar el debate. Pero no mezclándolo con la SGAE o diciendo que la cultura producida de modo profesional debe ser gratuita y distribuida por cualquiera y de cualquier manera.
@Davidoff
Creo que en el momento actual el público no ha entendido los argumentos a favor de la Ley y ha seguido argumentos no válidos en su contra. Para intentar dar mi opinión en lo segundo es por lo que he escrito este artículo.
@David
Soy licenciado en Derecho, pero no estoy colegiado y no ejerzo, por lo que no soy un experto. De hecho, ahora que comentas el tema de los enlaces, quizá tienes razón y, siguiendo la LSSI, los enlaces en sí no suponen estrictamente la puesta a disposición de contenido de manera ilegal, puesto que estaría alojado en otra parte. Deberían modificar la legislación antes para considerar que entran en el supuesto ilícito.
Sea como sea, entrar en el contenido concreto de la Ley, en sus garantías y alcance es algo que habría que hacer y la mayor parte de la gente ni se plantea. Simplemente está en contra y ya está.
@Antonio
Yo creo que las actuaciones como la Ley Sinde pueden ser ineficaces a la hora de acabar con la piratería, que siempre existirá, pero creo que pueden tener un efecto en la educación moral de la población, haciendo posible que se valore más la cultura y su profesión, que en este momento parece que es la mala de la película. Pero eso no se verá hasta dentro de un tiempo.
Gracias por tu artículo. La verdad, es reconfortante comprobar que hay gente que aprueba esta medida, ya que hay veces que casi hasta da miedo afirmar delante de desconocidos que se está a favor de la Ley Sinde… Y, no obstante, yo trabajo en la industria editorial y sé lo importante que es dar este paso en un país como España, donde el raro es el que no se descarga películas. Por mi parte, seguiré yendo al cine y comprando discos, libros y DVDs; ni siquiera como acto reivindicativo, sino, sencillamente, porque no concibo lo contrario. Muchos saludos.
un cantante ( escritor, actor, etc )hace un canción este se la vende a una productora si no se la ha comprado antes, (ya que algunos según contrato tienen que sacar tantos discos al año)por ello cobran » X «, pero ese disco deja de ser suyo, a partir de hay los beneficios son para la productora, el cantante puede seguir cantado sus canciones conciertos , actuaciones, etc que es donde gana en verdad dinero, cuando te bajas una canción no le estas quitando veneficio al cantante si no a la productora y asociados a ella,
me podrías explicar
por que hay tantos cantantes que están tan cabreados con sus productoras ?
por que tengo que pagar un canon por la radio, tv, etc? si el que lo trasmite ya paga
Las productoras producen (buscan los recursos que hacen falta para poner en marcha el tema) y luego se distribuye. Si el artista tiene medios suficientes para autoproducir no está obligado a contar con una productora.
En lo del canon me remito a lo que he escrito en el post.
A este paso pagaremos también por escuchar música en youtube, pero supongo que tú estarás de acuerdo, ¿verdad?.
@L Si tú te dedicas a componer música, ¿te gustaría que los otros ganaran dinero poniendo tu música a disposición del público y tú no cobraras nada?
Me gustaría que me comentaras los siguientes 3 puntos:
En primer lugar, la LSSI otorga el poder y la responsabilidad de cerrar una página web a un grupo de personas dependientes del Ministerio de Cultura (una comisión cultural o comisión de propiedad intelectual) y únicamente los jueces se limitan a autorizar o no aquello que la comisión determine. ¿No crees que el juez debería poder conocer sobre el fondo del asunto? ¿No crees que deberían preverse alguna penalización si la comisión cierra una web y un tribunal más tarde la reabre?
En segundo lugar, te cito textualmente: «(…) creo que pueden tener un efecto en la educación moral de la población (joder que miedo!! ¿No estamos en un estado democrático? ), haciendo posible que se valore más la cultura y su profesión, que en este momento parece que es la mala de la película. (…)»
Respecto a este punto la determinación de lo que es moral o inmoral no es una competencia que se le haya atribuido al Estado, en su caso en un estado democrático quien puede decidir sobre lo que es moral o inmoral es la sociedad, la familia y la religión pero no el Estado. Es decir, ¿crees que es necesaria una ley para que se determine lo que es moral o inmoral?
En tercer lugar, un ejemplo si yo me compro un cd/dvd… e invito a 10 amigos a verlo ¿crees que existiría algún tipo de vulneración de los derechos de autor? ¿crees que las páginas web de enlaces a redes P2P son ilegales? Al respecto, un reciente informe de la ONU ha establecido que “Las leyes contra el intercambio de archivos violan los derechos humanos”.
Hola Pablo ¿estás de vacaciones o no me quieres contestar a las 3 observaciones que te he hecho?
Hola Anonimo,
Ni siquiera tienes la cortesía de dejar tu nombre de pila y encima exigiendo… 🙂 No estoy de vacaciones, pero por algún motivo no se guardó la contestación que te escribí en su día, así que la vuelvo a escribir sin problema.
1. Precisamente la Ley Sinde trata de buscar un procedimiento administrativo que sea rápido para poder perseguir de forma efectiva las webs de enlaces, sin que se haga por la lentísima vía judicial. El hecho de incluir la intervención del juez en dos momentos, que no estaba contemplado en un principio, hace que la ley vaya a ser menos efectiva. Lo comenta mejor que yo Xavier Ribas: http://xribas.typepad.com/xavier_ribas/2011/02/el-procedimiento-de-la-ley-sinde-y-la-cruda-realidad.html
Los tribunales determinarán en su caso resarcimiento en caso de abuso por parte de la administración, como en cualquier otro aspecto similar (por ejemplo si te cobran impuestos que no deben).
2. La relación entre Derecho y Moral suele retroalimentarse. Si bien el Derecho suele ser reflejo de los valores de una determinada sociedad, también es verdad que las normas formales ejercen un papel educativo sobre lo que se supone que está bien y lo que está mal. En este caso concreto, si preguntas por la calle a cualquiera si descargar música protegida es legal, te responderá casi seguro que sí, erróneamente. Y lo hará porque está cansado de ver en los períódicos que los jueces dicen que las webs de descargas no comenten ningún delito. En este caso, la ineficaz persecución judicial de una conducta ilícita, hace pensar a la gente que es lícita, y que por lo tanto es algo que no está mal y por lo que no se siente culpable.
Esta es la cuestión para mí más importante de esta ley. Cuando se empiecen a cerrar webs de enlaces, aunque nunca se consigan cerrar todas, la población se dará cuenta de que es algo que no es legal.
3. El ejemplo que pones yo creo que estaría dentro de un uso normal que te permite la licencia de uso de haber adquirido un DVD. Pero lo que no te permite esa licencia es alquilarlo ni distribuirlo de manera masiva. Es más, en el caso del P2P, si ni siquiera compras el DVD, si no que lo consigues de manera ilícita y luego además lo compartes, desde luego que no estamos hablando de lo mismo… De hecho cuando critico el canon digital y considero que debe desaparecer es porque precisamente está pensado más para el primer caso que para el segundo.
Si las páginas de enlaces vulneran la ley de propiedad intelectual o no es algo bastante debatido. A mi entender, sí que la vulneran ya que suponen en la práctica para el usuario el medio para conseguir esos archivos. Buscando la analogía, un tipo que te espera en una plaza, te pregunta qué tipo de droga quieres, te da opciones de diferentes tipos y luego te lleva a un callejón y te presenta a camello, aunque no esté vendiendo él mismo la droga creo que puede llegar a tener responsabilidad. De todas maneras, es verdad que está justo en el límite, y con la LSSI en la mano seguramente no sería ilegal. De hechos, los jueces no lo tienen claro: http://derecho-internet.org/node/565
Lo que comentas de la ONU, es una vez más una noticia que te hace pensar algo que no es. El informe de la ONU se refiere a la medida concreta de cortar internet (que no se contempla en la ley Sinde ni otra normativa española). Si yo fuera periodista podría llegar a escribir el titular así: «Cortar el acceso a internet puede ser una violación de los derechos humanos», que ya me parece una noticia y aún así tendría dudas. Generalizar la manera que se hace me parece nefasto, pero claro, hay que vender periódicos…
Espero haber colmado tus expectativas de respuestas.
Siempre que se habla del tema sobre las descargas de mp3 (que es de codigo cerrado y pribativo ya debería ser del pasado y estar en uso el formato ogg que es libre).
Nunca se hacen las entrevistas a los usuarios/consumidores. Mi opinion desde hace mucho es que «La industria» y algúnos artistas, continúan con la idea de la «exclusividad sobre los productos», por lo que los presios son absurdos. Un claro ejemplo de lo que menciono es la gran estupides del «blue-ray» existiendo mucha tecnología digital para reproducir video de alta calidad y distintas formas de distribución optarón los industriales por un formato similar al del dvd, el cual es como lo conocemos por que no existia la tecnología. Yo en mi caso digo no al «Blue-Ray». Por otro lado, cuando compras un cd o canción mp3 no te haces de los derechos por eso concidero que no se violentan los derechos del autor, encambio la misma industria si se los «agandalla» el mismo autor/músico no es dueño de su obra. Por otro lado, ¿no es una tonteria que los derechos de una canción/música se liberen hasta despues de 100 años?
Los sellos se quejan de que sus ventas bajan por culpa de las descargas, pero la verdad es que cada ves hay menos dinero (o comes o compras un cd).
Y para concluir, la preocupación de los sellos importantes es que las persona tienen la oportunidad de conocer verdaderos músicos y conocer propuestas que de otra forma sería imposible. Esto motiva que se vendan menos musica basura y pierdan el control sobre los gustos del público.
Estoy a favor de que la industria musical y filmica debe cambiar a favor del público y de los trabajadores de la música(musicos, ingenieros, etc) y que los grandes corporativos ya no manejen a ambos.
Hola Pablo, en primer lugar feliz año 2012, supongo que estarás la mar de contento con la aprobación el día 30 de diciembre de la Ley Sinde. No obstante, te quería comentar una serie de cuestiones que habías explicado/comentado con anterioridad:
– Lo que comentabas del Derecho y la Moral, creo que tus comentarios son poco afortunados incluso tal y como se comento con anterioridad tienen cierta reminiscencia totalitaria/fascista, te cito textualmente:
“(…) las normas formales ejercen un papel educativo sobre lo que se supone que está bien y lo que está mal.(…) En este caso, la ineficaz persecución judicial de una conducta ilícita, hace pensar a la gente que es lícita, y que por lo tanto es algo que no está mal y por lo que no se siente culpable.
(…)
las páginas de enlaces vulneran la ley de propiedad intelectual (…) A mi entender, sí que la vulneran ya que suponen en la práctica para el usuario el medio para conseguir esos archivos.”
Hombre ya que estamos ¿no te parecería correcto volver a instaurar la Ley de vagos y maleantes prevista en el código penal español de 4 de agosto de 1933, al menos de esta manera se reducirían drásticamente los parados (los meteríamos todos a la cárcel) o mejor aún porque no instauramos la Sharia (Ley islámica)? A por cierto, también podríamos si te parece aprobar una ley sobre las buenas maneras o un código del buen ciudadano/padre de familia (un reglamento que desarrolle el Código Civil) y ya que estamos ¿por qué no volver al servicio militar obligatorio (que estos de la generación Nintendo les falta una buena somanta de palos)? Finalmente, abordando un última cuestión ¿a ti lo que te gustaría sinceramente es que España hubiese aprobado la Ley Hadopi (el Gran Hermano te vigila)? ¿Estás a favor de cerrar todas las páginas P2P (utorrent, peliculasyonkis.com, cinetube.com …)?
– Asimismo, tras analizar un ejemplo anterior, has establecido la siguiente consideración:
“(…) lo que no te permite esa licencia es alquilarlo ni distribuirlo de manera masiva. Es más, en el caso del P2P, si ni siquiera compras el DVD, si no que lo consigues de manera ilícita y luego además lo compartes, desde luego que no estamos hablando de lo mismo… De hecho cuando critico el canon digital y considero que debe desaparecer es porque precisamente está pensado más para el primer caso que para el segundo. (…)”
Te voy a poner un ejemplo: la persona A compra religiosamente un CD y pongamos que la cede por internet a una red de amigos (no ha habido ánimo de lucro en esta operación). Ahora otro ejemplo, pongamos que A tiene un blog en el que comenta la música que más le gusta, un buen día se compra el último CD del grupo de música del cual es fan, esta tan excitado que decide colgarlo en la web para que de forma gratuita otros (amigos/desconocidos) puedan beneficiarse de esa música tan molona (todo ello sin ánimo de lucro, A no pide ninguna membresía ni nada por el estilo) ¿estás queriendo decir que si una persona deja una copia a sus amigos (red social) esta dentro de la legalidad pero ¡ojo! que como no sepas a quien cedes esa copia (comprada religiosamente) se puede convertir, esa actuación, en un acto ilícito?
– Finalmente, has llevado a cabo una comparación entre el tráfico de drogas y la vulneración de la propiedad intelectual por parte de las páginas de enlace:
“(…) Buscando la analogía, un tipo que te espera en una plaza, te pregunta qué tipo de droga quieres, te da opciones de diferentes tipos y luego te lleva a un callejón y te presenta a camello, aunque no esté vendiendo él mismo la droga creo que puede llegar a tener responsabilidad. (…)”
Me parece absurdo comparar dos tipos de actuaciones tan distintas. Además, como has podido comprobar tu mismo (en el link que has facilitado), los propios tribunales del ámbito civil han adoptado el mismo criterio que los tribunales del ámbito penal (es decir las webs P2P no vulneran la propiedad intelectual):
“(…) la resolución citada se convierte en la primera sentencia firme en vía civil dictada en nuestro país que declara que las páginas de enlaces a redes P2P o a webs de descarga directa no infringen derecho alguno de propiedad intelectual. (…)”
En consecuencia, ¿podrán los funcionarios integrados en la comisión que constituye la Ley Sinde dictar resoluciones encaminadas a cerrar de webs de enlace (P2P) haciendo caso omiso a las resoluciones de los tribunales que se han dictado tanto por la vía penal como por la vía civil (que establecen que las redes P2P no vulneran los derechos de propiedad intelectual)?
Gracias por ilustrarnos con tus opiniones.
Saludos y espero que tengas una buena entrada de año.
Hola:
He llegado aquí de casualidad, despues de haber leido lo del cierre de megaupload y aprovecho, aunque se que ha pasado mucho tiempo desde el último comentario para preguntarte ya que dominas la materia, ¿que entiende la ley por «propiedad intelectual»?
Creo que ahí radica el verdadero problema.
Gracias
@Name, a pesar de no tener la gentileza de escribir ni siquiera tu nombre de pila, te contesto brevemente.
1. Las normas proceden de un parlamento elegido democráticamente y tienen un control de constitucionalidad posterior. El fascismo aparece cuando se deja de confiar en las vías democráticas.
2. El supuesto de poner a disposición de miles de millones de personas un contenido no se parece al de compartir un CD físico por razones evidentes.
3. Ya he comentado este punto con anterioridad.
@Victor:
La wikipedia lo explica mejor que yo 🙂
http://es.wikipedia.org/wiki/Propiedad_intelectual
Precisamente, sólo los argumentos que están en contra del modelo actual de Propiedad Intelectual me parecen coherentes cuando critican la Ley Sinde y demás. Pero estando a favor de retribuir al autor por las copias de obra, los argumentos en contra son bastante débiles.
Yo tenía el estómago en un puño y se confirmó me sospecha.
Soy consumidora de series, películas en dvd/BD, y libros (papel, cartoné y todas esas cosas maravillosas), pero de un tiempo a esta parte me encuentro con un problema que ya me está afectando bastante hasta el punto de querer tirarme de los pelos.
Pondré un caso ilustrativo y real y pequeñito, no es ningún caso para echarse las manos a la cabeza, solo una de tantas fuentes de mi desilusión.
Desde hacía años seguía una serie, El Hombre Invisible, la echabán en la 2 sobre las siete de la tarde y allí estaba yo, clavada ante la tele disfrutando.
Me enteré de que la habían sacado en dvd, pero no llegué a tiempo para comprarla (en aquel entonces no era usuaria de internet) y ahora está descatalogada, lo que significa que ya no podré verla más porque no volverán a reeditarla, aparte de que me enteré después que el doblaje no era el mismo en el dvd que en la serie de televisión, otro punto desfavorable. Después de casi cinco años de espera con la esperanza de que decidan reeditarla me comentaron hace poco que podía verla por internet y me llené de gozo, pero cual es mi sorpresa cuando voy a ver y no está por ninguna parte porque han cerrado Megaupload. Causa tristeza.
Tengo más de 500 películas en dvd y estoy aumentando mi coleccion con BD, pero según la nueva ley no podría prestarle a nadie ni una sola de mis películas, ni mis cds, porque estaría cometiendo un delito.
¿Sabes que te digo? Que no voy a comprar más cds, ni dvds, que la industria que tanto dinero me ha sacado y para la que soy una delincuente por intentar mirar una serie que no puedo encontrar por ninguna parte de forma legal porque para ellos no es rentable, no me va a sacar más cuartos.
¿Y sabes que pienso?
Que todos deberíamos hacer lo mismo. Dejar de comprar. Dejar de darles dinero a esa peña que solo piensa en engordar su cuenta ya de por sí a rebosar, porque esta ley no la ha hecho un pobre músico, o grupo, esta ley es para que aquellos que ya tienen poder e influencias puedan tener aún más y un día aplastarnos como insectos bajo sus zapatos caros.
¿Y tú estas a favor de que te arrebaten tu libertad?
Ya se que esto que hablo es sobre la nueva ley SOPA, ACTA o PIPA pero tanto esa como la ley SINDE lo que pretenden es tratar a los consumidores como delincuentes y yo creo que el único delincuente es aquel que trata de robarme mi libertad y mi intimidad, por insignificante que yo sea es el derecho más elemental.
Medita sobre lo siguiente, Tienes derecho a opinar, pero.. ¿cuanto tiempo te dejarán hacerlo?
Hay cosas que tienen que cambiar, cosas importantes, como la forma de juzgar a un menor. Piensa que hoy por hoy, si vas por la calle y un niñato/a menor de 18 o 16 años decide pegarte un tiro no le pasará NADA, es más, es posible que si tienes suerte y no te mata igual te acusa de acoso o violación y te pudres tú en la carcel. (Lo he vivido muy de cerca con un amigo un día normal, de esos días que sale uno por ahí a ver tiendas y te encuentras con algún indeseable. La niñata primero le pegó con un palo de fregona delante de nosotros poque según ella la había mirado mal y luego, después de que la denunciaramos por agresión, lo acusó a él (que era gay, para que callarlo) de violación.
Uff, me he extendido demasiado solo para decirte que lo pueden hacer mejor para que todos salgamos bien parados, que todos ganemos, y no unos más y otros menos.
@Inma:
Tienes razón en que debería haber una mejor oferta legal de contenidos y a un precio razonable. Con el digital se puede ofrecer todo el catálogo sin que haya problemas de costes de distribución y stock, así que tienen que ponerse las pilas. Pero sólo si hay protección a los modelos legales van a poder competir con los ilegales. No hay más que ver el efecto Megaupload: http://www.larazon.es/noticia/4927-las-descargas-legales-se-disparan
Luego será el público el que decida comprar o consumir contenido de masas o de artistas independientes, pero las leyes protegen a todos.
«No hay más que ver el efecto Megaupload»:
http://www.publico.es/culturas/418392/la-taquilla-espanola-cae-un-18-tras-el-cierre-de-megaupload
Los modelos tradicionales no van a sobrevivir tal cual al mundo digital, eso no es nada nuevo. Pero las leyes tienen que permitir que los nuevos proyectos legales puedan existir (filmin.es etc) sin la competencia impune de los que se aprovechan de las producciones de otros.
«Los nuevos proyectos legales» supongo que también te refieres a estos prgogramas P2P de intercambio de archivos gratuitos:
http://tecnologia.elpais.com/tecnologia/2012/01/26/actualidad/1327564710_986496.html
La puesta a disposición pública de contenido protegido por derecho de autor (salvo ciertas licencias CC), fuera del supuesto de copia privada (y desde luego el P2P no es copia privada), no es legal. Punto. Si sigues pensando lo contrario es porque algunos periodistas ponen titulares polémicos (creo que ya he puesto algún ejemplo en el post) y no te informas como debieras. La vigente Ley de Propiedad Intelectual dice:
«Artículo 17. Derecho exclusivo de explotación y sus modalidades.
Corresponde al autor el ejercicio exclusivo de los derechos de explotación de su obra en cualquier forma y, en especial, los derechos de reproducción, distribución, comunicación pública y transformación, que no podrán ser realizadas sin su autorización, salvo en los casos previstos en la presente Ley.»
(…)
Artículo 20. Comunicación pública.
1. Se entenderá por comunicación pública todo acto por el cual una pluralidad de personas pueda tener acceso a la obra sin previa distribución de ejemplares a cada una de ellas.
No se considerará pública la comunicación cuando se celebre dentro de un ámbito estrictamente doméstico que no esté integrado o conectado a una red de difusión de cualquier tipo.
(…)»
Seguramente duermes mejor pensando que el P2P es perfectamente legal, pero lo siento mucho, estás vulnerando los derechos que corresponden a sus autores. Y repetir mil veces en las redes sociales que los jueces no condenan y lo que quieras no cambia este hecho.
Un autor produce una obra (invierte un tiempo y un dinero en ello), vende algunas copias, un comprador (o no) la pone a disposición del público en internet, miles de personas la buscan en páginas de enlaces, la descargan y la disfrutan. Retribución al autor: mínima, retribución a las páginas de enlaces o descarga: en función de la publicidad o su modelo de negocio, retribución a los proveedores de acceso a internet: cuota mensual. Algo está mal en este esquema. No me voy a repetir diciendo que el pasado no es el futuro, pero desde luego que otros se aprovechen del trabajo de los autores sin pagarles nada a cambio simplemente no me parece justo.
La conversación debería ir por apoyar y usar los modelos justos (yo soy cliente premium de Spotify y de Filmin) y no por defender los que simplemente se aprovechan del trabajo de otros.
Es cierto el P2P no es legal:
http://www.elmundo.es/elmundo/2010/03/13/navegante/1268472778.html
@Heisenberg:
Citan al juez diciendo: «Pero la mera obtención de la copia es un acto perfectamente legal, insiste.»
Totalmente de acuerdo.
Pero…
Cuando descargas un archivo desde una red P2P, por su propia naturaleza, estás compartiéndolo y eso no es legal. Es algo que a este juez no le han explicado debidamente.
Dame argumentos, no titulares de periódicos. Es justo la idea principal que desarrollo en mi post (si es que lo has leído).
«Es algo que a este juez no le han explicado debidamente»
¿Qué estas queriendo decir que tienes más conocimiento que un juez? ¿O que los jueces son tontos o bien no interpretan correctamente las leyes?
Los argumentos los puedes encontrar en la propia sentencia que esta en pdf (en el artículo que he mencionado anteriormente), por si le quieres echar un vistazo.
Como en el chiste «a ver si vas a saber más que el médico, si él dice que estás muerto estás muerto». Los jueces son normalmente licenciados en Derecho y que yo sepa en el temario de las oposiciones no hay nada sobre tecnologías de intercambio de archivos. Luego puede estar legítimamente equivocado sobre el supuesto de hecho si no se lo exponen bien. Incluso puede tener una interpretación de la ley que no coincida con la de otros jueces.
Por cierto, yo sí me leo las fuentes primarias. Una pregunta tonta: ¿Crees que compartir pelis a través de P2P es legal en España?
Si vamos en plan graciosos creo que este sería más acertado:
«Un loco se escapa de la carcel y roba un coche.
Le da por poner la radio y oye:
-un loco se ha escapado y va en direccion contraria en la autopista, tengan cuidado.
Y el loco dice:
-¿Solo un loco?-¡Pero si estan todos locos!»
El P2P no es ilegal en España, si no te ha gustado la opinión del juez que te he citado anteriormente quiza prefieras ésta (te advierto que esta en pdf para que la puedas consultar):
http://davidbravo.es/sentencias/sentencia-historica-se-absuelve-a-pablo-soto-por-crear-software-p2p-y-se-condena-en-costas-a-las-discograficas-73.html
No obstante, dado que según tu el único que se lee «las fuentes primarias» eres tú, me gustaría que te pusieses en contacto con David Bravo. En este sentido, creo que él te lo explicará mucho mejor porque el P2P no es ilegal:
http://davidbravo.es/contacto/
http://filmica.com/david_bravo/
@Heisenberg:
Buen chiste, además vuelve sobre la idea de que el hecho de que mucha gente piense de una manera no es un motivo en sí para que ese pensamiento sea cierto. Hace no mucho tiempo todo el mundo pensaba que la tierra era plana…
Gracias también por darme un ejemplo más a mis argumentos. En esta sentencia se dice que desarrollar un software que se utilice para intercambio P2P no infringe ninguna ley, de la misma manera que fabricar un cuchillo no te convierte en asesino. Pero lo que no niega ningún juez es que la comunicación pública de obras protegidas infringe la LPI, porque es una interpretación literal de la misma (ni siquiera el del caso elrincondejesus.com). Y sin embargo, gracias de nuevo, tú dices que «el P2P no es ilegal en España», ilustrando mi postura de que la opinión pública tiene ideas erróneas sobre este tema.
Y bien, me parece que la conversación hace tiempo que va en círculos. Así que emplazo a todo el que quiera continuar comentando, que lo haga desde su blog aportando algo nuevo y enlazando con un pingback.